Cedaen. Residencia de ancianos
 

La incapacitación legal de los mayores. ¿Cuándo ha llegado la hora de incapacitarle?

 

Desde CEDAEN queremos aclarar varias cuestiones que tienen que ver con esta decisión.

residencias de ancianos en almeria y provincia
 

Muchas familias nos piden consejo sobre si es conveniente incapacitar legalmente a una persona mayor, padre, madre, abuelo,... antes de ingresar en nuestra residencia de mayores, o ingresarles sin recurrir a este procedimiento.

 

Desde CEDAEN queremos aclarar varias cuestiones que tienen que ver con esta decisión.

La declaración de incapacitación protege al paciente y su patrimonio.

En primer lugar la declaración de incapacitación la realiza un juez y tiene como principal objetivo proteger al paciente y su patrimonio. Esto es importante porque tendemos a pensar que el incapacitar a un familiar es algo que hacemos en su contra, y nos cuesta mucho tomar esa decisión, cuando es todo lo contrario. Es típico escuchar la frase ¿cómo le voy hacer esto a mi madre?. Y habría que preguntarse ¿Ha llegado la hora de incapacitarle por su propio bien?

El tutor legal tiene más responsabilidades frente al paciente incapacitado que cuando este no estaba incapacitado. El proceso de incapacitación requiere la intervención de un experto en la materia (un neurólogo o psiquiatra) que emite el dictamen pericial necesario para acordar la incapacitación.

En la mayoría de los casos (70%) este procedimiento se lleva a cabo en personas con demencia, especialmente Alzheimer.

¿Cuánto tarda este procedimiento y quién puede solicitarlo?

Jacques Selmes, ex presidente de Alzheimer Europa, y actual secretario de la Fundación Alzheimer España, reconoce que "muchos pacientes españoles no realizan las denominadas directrices anticipadas en las que puede establecer cuáles son sus deseos para un futuro (si quieren recibir tratamiento médico, cómo distribuir sus bienes o si desean que se les declare incapacitados) porque realmente el médico no les dice lo que tienen, algo que no sucede en Europa donde se habla más abiertamente. Sin embargo, para los propios familiares es un alivio encontrarse con estas voluntades anticipadas".

Y cuando no es el propio enfermo, podrán demandar la incapacitación, sus familiares directos (ascendentes, descendientes, hermanos, esposos o parejas de hecho) pero, también, médicos, trabajadores sociales, vecinos que creen que una persona no está en plenas facultades puede necesitar este tipo de protección deben acudir a la fiscalía o a los juzgados a demandar la incapacitación.

Es importante que los familiares tengan en cuenta el tiempo en lograr la sentencia "puede demorarse en cinco meses, en el caso de tratarse de un juzgado especializado en discapacidad de los que sólo existen entre 30 y 35 en toda España. En el caso del resto de juzgados, el tiempo se prolonga entre un año y dos. La media nacional en conseguir la sentencia ronda los ocho meses".

Esto significa que el tiempo es un factor a tener en cuenta. No debemos esperar a que la situación de dependencia llegue a una situación límite.

 

Problemas relacionados con el ingreso.

Cuando una persona mayor es dependiente y sus familiares no pueden atenderle adecuadamente, por motivos de trabajo, porque esta persona vive sola y necesita ayuda o por cualquier otro motivo, se plantean la alternativa del ingreso en una residencia de ancianos.

Aunque sea conveniente y realmente haya llegado el momento, no se puede ingresar al paciente sin su consentimiento. Este debe ser consciente y aceptar voluntariamente el ingreso, en tanto que es una persona capaz legalmente para tomar sus propias decisiones. Una persona mayor por muy dependiente que sea realmente no puede estar en una residencia contra su voluntad, ni se le puede retener. Es muy frecuente en pacientes con Alzheimer que la decisión del ingreso se tome cuando la enfermedad está ya muy avanzada y evidentemente son personas que no pueden vivir solas. Pero aun así pueden oponerse a ingresar en una residencia.

Cualquier paciente, tanto si entra legalmente incapacitado como si no, requiere un periodo de adaptación. Y este periodo es crucial para su continuidad en la residencia. En la mayoría de los casos, pasado este periodo, todos los pacientes se integran y disfrutan satisfactoriamente de nuestras instalaciones y del trato recibido.

Las familias tienen dos alternativas:

La primera es que todos los miembros de la familia estén de acuerdo en el ingreso del paciente y que colaboren, en especial durante el periodo de adaptación. Si alguno de estos familiares no está de acuerdo con el ingreso, puede entorpecer el proceso de adaptación o peor aun decidir sacar de la residencia al paciente y nadie puede oponerse si es el deseo de este.

La segunda opción es la incapacitación en cuyo caso debemos tener en cuenta lo comentado anteriormente sobre todo que es un proceso lento.





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